El contrato por obra y servicio

Contrato por obray servicio

El contrato por obra y servicio es una herramienta útil e imprescindible cuando una empresa necesita incrementar el número de trabajadores de su plantilla, para que se dediquen por un tiempo determinado a una actividad en concreto.

Este tipo de contratos suelen realizarse de manera habitual en organizaciones y empresas donde el flujo de trabajo no es constante, sino que depende de factores externos que ejercen influencia sobre la cantidad de actividades que se deban realizar y el número de empleados que las realizarán.

Índice
  1. Características del contrato por obra y servicio
  2. Casos en que un contrato por obra y servicio pasa a ser indefinido
  3. ¿Cómo funciona el período de prueba en el contrato por obra y servicio?
  4. ¿Cómo es el despido en un contrato por obra y servicio?
  5. Fin del contrato por obra y servicio

Características del contrato por obra y servicio

El contrato por obra y servicio debe tener especificaciones claras y muy concretas sobre la obra para la cual se contrata al trabajador. Este tipo de contrato solo es válido por las obras específicas sobre las que tenga autonomía la empresa, independientemente de otras actividades rutinarias que se realicen dentro de la compañía.

En otras palabras, este tipo de contrato laboral solo aplica para realizar una obra en concreto y no para la contratación de un empleado cuyas labores serán en un puesto de trabajo fijo, donde su desempeño tendrá que ver con funciones integrales, continuadas y de soporte en la estructura de la empresa.

En el marco de la ley, existe una serie de disposiciones legales que limitan este tipo de contratación, ya que los empleados que se contratan de esta manera tienen desventajas en comparación a los trabajadores que poseen un contrato indefinido dentro de la empresa.

Contrato por obra y servicio

Casos en que un contrato por obra y servicio pasa a ser indefinido

En el caso de que un trabajador tenga un contrato por obra y servicio por un tiempo comprobable de 3 años, pasará automáticamente a ser un empleado con contrato indefinido, con todos los beneficios de ley que esto implica, luego de que se cumpla este lapso mínimo de contratación.

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No obstante, existe una excepción a esta regla, la cual consiste en que el tiempo de trabajo de un empleado por obra y servicio es prorrogable por doce meses más, amparado en un convenio colectivo, si las partes involucradas (la empresa y el trabajador) convienen en darlo por finalizado.

En el mes de Junio del año 2010, se dictaminó legalmente que a partir de los 3 años continuos cambiaría la naturaleza del contrato dentro de la empresa, dejando de ser temporal para volverse permanente, una vez transcurrido el lapso fijado. Esta cláusula aplicó para todos los contratos que se firmaron posteriormente a esta fecha.

En el caso de que el trabajador siga prestando servicios a la empresa, pero con diferentes especificaciones o en otra obra, debido a que finalizó la anterior, también se le considerará un trabajador con contrato indefinido.

Los contratos por obra y servicio deben tener específica y necesariamente detallado el motivo de la obra por la cual se ha realizado la contratación del trabajador. Si esto no está estipulado en el contrato se considerará indefinido. De manera similar, si no se define con certeza la temporalidad de la obra, este contrato por ley se puede considerar indefinido.

Un aspecto muy importarte que se debe tomar en cuenta es el número de contratos por obra y servicio que tiene el trabajador, pues si el mismo posee dos o más contratos con la empresa, por un período de tiempo que exceda los 30 meses, cambia también la naturaleza del contrato y se transforma automáticamente en indefinido.

Todas estas cláusulas aplican tanto si se contrata a un trabajador para una jornada completa como para una jornada parcial.

¿Cómo funciona el período de prueba en el contrato por obra y servicio?

Según la ley, los períodos de prueba para los trabajadores no pueden durar más de seis meses, en el caso de que se trate de técnicos titulados y dos meses para el resto de los casos.

Los períodos de prueba no se consideran como un requisito obligatorio previo a la contratación de un empleado. Desde el año 2013 se han implementado medidas en este sentido, que favorecen al trabajador propiciando una contratación estable bajo términos y condiciones que benefician al empleado.

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En este orden de ideas, se establece que en el caso de los contratos temporales con un lapso de menos de seis meses, el período de prueba será de un mes, sin excederse; salvo que ambas partes se muestren de acuerdo.

¿Cómo es el despido en un contrato por obra y servicio?

Si un contratante tiene un trabajador contratado de manera temporal y decide despedirlo justificadamente, la empresa debe proceder a utilizar una fórmula de despido válida ante la ley. Esta razón de despido debe tener un motivo específico y ser lo más clara posible para no dar lugar a interpretaciones fuera de contexto.

Algunos ejemplos de estas causas de despido justificadas pueden ser debido a motivos administrativos, causas de producción o administración de la empresa, una inadaptación por parte del trabajador a reformas técnicas del puesto de trabajo o como medida disciplinaria por inconvenientes continuos o de gravedad, entre otros casos específicos.

Cualquiera que sea el caso, la empresa está en el deber de notificar el despido al trabajador especificando los motivos que originan el mismo, con 15 días de anticipación a la llegada de la fecha en la que debe retirarse de la empresa. Este proceso se ejecuta sólo si el tiempo que tiene el empleado trabajando de manera continua para la empresa supera el año.

En el caso contrario, que sea el empleado quien por voluntad propia desea retirarse y abandonar su puesto de trabajo por el motivo que sea, también tiene la obligación legal de notificarlo con 15 días de anticipación a la empresa.

Fin del contrato por obra y servicio

Si se presenta el caso en que el contrato por obra y servicio llega a término debido a que se finaliza la obra y la empresa no requiere de los servicios profesionales del trabajador, esta debe proporcionarle al empleado una cantidad de indemnización de 12 días del salario que ha estado devengando por año trabajado.

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