Renovar el paro y los subsidios por desempleo en vacaciones
Ante la llegada de la temporada estival, aquellos desempleados que reciben la prestación contributiva por falta de trabajo o un subsidio por desempleo otorgado por el Servicio Público de Empleo (SEPE) se encuentran preocupados por la posibilidad de enfrentar sanciones. Se plantean cómo proceder para renovar su situación de desempleo o subsidio en caso de estar disfrutando de sus vacaciones. La administración ha buscado calmar sus temores.
En España, cada tipo de prestación por desempleo, ya sea contributiva o no contributiva, tiene una duración establecida. El subsidio por desempleo se recibe durante un máximo de dos años y se renueva cada trimestre, mientras que la duración de los subsidios varía según cada caso. El subsidio destinado a personas mayores de 52 años puede extenderse durante varios años, incluso.
La administración, que depende del Ministerio de Trabajo, aclara que la responsabilidad de la renovación recae en el interesado y no en el SEPE. Son los beneficiarios de las ayudas por desempleo quienes deben encargarse de llevar a cabo la renovación. En caso de no hacerlo, se perderá automáticamente el importe correspondiente.
Cómo se renueva el paro o los subsidios por desempleo cuando estás de vacaciones
Comenzando con la prestación contributiva, el desempleo, la persona tiene la responsabilidad de renovar la Tarjeta de Demandante de Empleo (Tarjeta DARDE) en los servicios regionales de empleo de la Comunidad Autónoma donde resida. A continuación, se explicará cómo hacerlo.
En cuanto a los subsidios, la renovación se realiza cada seis meses, teniendo en cuenta el tipo de subsidio que se esté recibiendo. Por ejemplo, la ayuda familiar se renueva cada seis meses, mientras que la Renta Activa de Inserción (RAI) se renueva cada 11 meses, con un período de un año entre la finalización y una nueva solicitud.
En la actualidad, existen dos métodos para llevar a cabo esta renovación: en línea (a través de Internet) o de forma presencial. La página web del SEPE proporciona información sobre cómo realizarlo.
Por Internet:
El desempleado debe acceder a la Sede Electrónica de este organismo público, identificándose mediante Cl@ve, DNI electrónico o certificado digital. Una vez dentro, debe seleccionar la pestaña "Procedimientos y servicios" y luego "Personas", y hacer clic en "Protección por desempleo".
A partir de ahí, se presentarán diferentes opciones. En este caso, se debe elegir "Realizar la prórroga semestral de su subsidio" o "Renovación de la prestación por desempleo". Se deben completar todos los datos requeridos y hacer clic en "Aceptar". Una vez completado este proceso, se habrá realizado la renovación.
Es importante estar atento, ya que este procedimiento solo está disponible de 8 de la mañana a 20 horas de la tarde, de lunes a viernes, excepto los días festivos.
De forma presencial:
Para realizar el trámite de forma presencial, el interesado debe acudir a la oficina correspondiente del SEPE (en el caso del subsidio) o a la oficina regional de empleo (en el caso del desempleo).
Independientemente del tipo de prestación, todos los desempleados que elijan esta opción deben solicitar una cita previa antes de acudir, ya sea por teléfono o a través de Internet. No deben olvidarse de acudir a la fecha y hora indicadas, y llevar consigo el formulario de prórroga de desempleo.
Cada cuánto tiempo hay que renovar el paro y los subsidios por desempleo
La prestación contributiva por desempleo requiere ser actualizada cada 90 días. En este proceso, la persona sella el paro en las fechas establecidas en el Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo. Es necesario repetir este procedimiento mientras la situación de búsqueda de empleo se mantenga.
Según lo indicado por el SEPE, el subsidio por desempleo debe renovarse desde el día siguiente al término de los seis meses, es decir, en la fecha de vencimiento, y hasta 15 días posteriores. Por lo general, este trámite se realiza durante las primeras dos semanas del mes.
Este período de renovación se aplica a todas las modalidades de subsidio, excepto en el caso del subsidio para mayores de 52 años, que se renueva anualmente, siendo necesario presentar únicamente la Declaración Anual de Rentas.
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